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Consulado de Colombia en Miami

"Renuncia"

De acuerdo con la Ley 2332 de 2023, los nacionales colombianos tendrán derecho a renunciar a su nacionalidad.

Los colombianos domiciliados en el territorio nacional, deberán adelantar el trámite únicamente ante el Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores en la sede principal de Bogotá D.C., por el contrario, los colombianos domiciliados en el exterior que desean realizar este trámite, lo deberán solicitar única y exclusivamente en nuestra oficina Consular correspondiente a la circunscripción de su domicilio en el exterior.

Con el cumplimento de los requisitos contemplados en la legislación vigente, se dispondrá de un término de máximo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de recibido de la solicitud para la expedición de un “Acta de Renuncia” documento mediante el cual consta que el nacional colombiano ha renunciado a su nacionalidad.

El trámite deberá ser adelantado de manera personal ante el Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá D.C., por lo tanto, el interesado deberá solicitar cita previa a través del Buzón Virtual de Cancillería y aportar los documentos relacionados en el enlace https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/nacionalidad/renuncia

Una vez el Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales verifique la documentación aportada, en respuesta a la solicitud, le indicará el día y la hora en la cual se llevará a cabo el trámite de Renuncia en las instalaciones del Ministerio.

El día de la cita deberá llevar los documentos en original con el fin de llevar a cabo de manera exitosa el trámite de Renuncia a la Nacionalidad.

 

Descripción del trámite en el Portal www.gov.co, el portal único para trámites del Estado

  • Documents issued in countries which are signatories of The Hague Convention on the Abolition of the Requirement for Legalization of Foreign Public Documents of 1961 must have an apostille in accordance with this Convention, otherwise the documents must be authenticated by the competent Colombian consul.
  • Any document in a language other that Spanish must be officially translated and the signature of the translator must be duly legalized or with an apostille.
  • Solicitud escrita en donde indique su voluntad de renunciar a la nacionalidad colombiana, además debe indicar nombre completo, cédula de ciudadanía colombiana, pasaporte colombiano (si lo tiene), y la otra nacionalidad que posee o se encuentra tramitando. Adicionalmente, deberá indicar ciudad de domicilio y dirección de su residencia en Colombia, teléfono fijo, número celular y correo electrónico.

Nota: Recuerde que la solicitud de renuncia solo podrá presentarse ante el funcionario competente del lugar donde se encuentre domiciliado. Si se encuentra domiciliado en el exterior, debe llevar a cabo este trámite ante el Cónsul respectivo.

  • Manifestación del solicitante en la cual conste su voluntad de ser notificado por medio electrónico, si así lo desea.
  • Cuatro (4) fotos, de frente, fondo blanco o azul, recientes e iguales entre sí, tamaño 4x5 cm.
  • Entregar cédula de ciudadanía vigente, y pasaporte colombiano vigente (si lo tiene), o copia del registro civil de nacimiento colombiano para los menores de edad, acompañado de la Tarjeta de Identidad, si la posee.
  • Documento idóneo por medio del cual se demuestre que posee otra nacionalidad o que la está tramitando.

Nota: Certificado de buena conducta vigente, expedido por autoridad competente del país donde se encuentra domiciliado, para el caso de los colombianos domiciliados en el exterior.

  • Documentos de identificación de los padres o documento idóneo que demuestre la patria potestad sobre el menor, emitido por las autoridades colombianas competentes. La solicitud deberá hacerse conjuntamente por los padres o por quien ejerza la patria potestad. En caso que la patria potestad sea ejercida por el solicitante, deberá acreditarse dicha circunstancia.
  • Notificarse del acta de renuncia a la nacionalidad colombiana, previa citación por parte del Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad del Ministerio de Relaciones Exteriores o del respectivo Consulado.

Nota: El Decreto 2150 de 1995 por el cual se suprime y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la administración pública, en el Artículo 111, que modifica el Artículo 36 de la Ley 48 de 1993, establece que, los colombianos hasta los 50 años de edad, están obligados a definir su situación militar.

In Bogotá

Internal Nationality Work Coordination Group, International Legal Affairs Department, Ministry of Foreign Affairs.

Opening hours:

  • Filing of documents and applications: every day at the Correspondence Office, Calle 10 No. 50-51, Palacio de San Carlos.
  • Personalized service: Tuesday, Wednesday and Thursday at Carrera 6 No. 9-46, Bogota D.C. from 9:00 to 12:00 m, Office OH 332.

Abroad - Consulates

Note: Please verify the payment methods with the nearest Colombian Consulate.

Oficinas Consulares: Consulado de Colombia ante el cual se elevó la correspondiente solicitud. Direcciones en El Directorio.

 

Payment of the sum of one hundred thousand pesos (COL$100,000), in accordance with Resolution 1670 of April 15, 2011, to the Ministry of Foreign Affairs Rotating Fund, Tax Identification Number (NIT) 860.511.071-6, into   current account number 0060703019.

 

Following payment, the applicant must go to the Ministry of Foreign Affairs Treasury (Carrera 6 No. 9-43, Bogota) and request the payment voucher or cash receipt to attach to the application for completion of the procedure to the Internal Nationality Work Coordination Group, International Legal Affairs Department.