TP2
Descripción del trámite en No más filas, el portal único para realizar trámites del Estado en línea:
TP 2: al extranjero que desee ingresar al territorio nacional como tripulante o miembro de un medio de transporte internacional o de una embarcación pesquera o de draga.
Requisitos:
- Adjuntar copia de la página principal del pasaporte vigente donde aparecen registrados los datos personales del titular.
- Presentar pasaporte o documento de viaje, expedido por Autoridad o Estado reconocido por el Gobierno de Colombia, con vigencia mínima de ciento ochenta (180) días, en buen estado, con mínimo dos (2) páginas en blanco.
Sin perjuicio de lo dispuesto en tratados e instrumentos internacionales vigentes, serán válidos los documentos de viaje expedidos por la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Organización de Naciones Unidas (ONU), aceptados por el Estado colombiano. - Copia de la página del pasaporte donde haya sido estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
- Para visas anteriores otorgadas sin el OCR o código de lectura rápida, anexar copia de la página que contenga la última visa colombiana. En caso de que ésta hubiere sido otorgada con el OCR este requisito no será necesario.
- Si el trámite va a ser finalizado por un apoderado adjuntar poder debidamente otorgado.
- Tripulante o Miembro de un medio o Transporte Internacional - Anexar los documentos descritos en los primeros cuatro puntos y: a) Carta del representante legal de la empresa responsable del medio de transporte internacional, indicando la actividad a desarrollar y su obligación frente al Gobierno colombiano de responder por la permanencia del extranjero en el territorio nacional y su salida del país, b) Certificado de existencia y representación legal de la empresa (adjuntar las páginas que contengan la siguiente información: Identidad jurídica, objeto social, representantes legales, capital o composición accionaria, funciones del representante legal) en caso de empresa extranjera, certificación de constitución o representación legal o documento similar de la personería jurídica, según el país de origen, c) Cuando arribe al territorio nacional por razones técnicas, aportar permiso de permanencia expedido por la Dirección General Marítima para embarcaciones marítimas o fluviales.
- Tripulación de embarcación pesquera - Anexar los documentos descritos en los primeros cuatro puntos y: a) Carta del representante legal de la empresa responsable del medio de transporte internacional, indicando la actividad a desarrollar y su obligación frente al Gobierno colombiano de responder por la permanencia del extranjero en el territorio nacional y su salida del país, b) Certificado de existencia y representación legal de la empresa (adjuntar las páginas que contengan la siguiente información: Identidad jurídica, objeto social, representantes legales, capital o composición accionaria, funciones del representante legal) en caso de empresa extranjera, certificación de constitución o representación legal o documento similar de la personería jurídica, según el país de origen, c) Carta del representante legal de la empresa responsable, donde manifieste que cumple con las normas establecidas para la contratación de tripulantes extranjeros. En este caso, debe aportar constancia de haber informado sobre el particular a la autoridad marítima, d) Permisos correspondientes para el ejercicio de la actividad pesquera expedidos por la autoridad competente.
- Draga - Anexar los documentos descritos en los primeros cuatro puntos y: a) Carta del representante legal de la empresa responsable de la draga indicando su obligación frente al Gobierno colombiano de responder por la permanencia de los extranjeros operarios de la draga en el territorio nacional y su salida del país, b) Certificado de existencia y representación legal de la empresa (adjuntar las páginas que contengan la siguiente información: Identidad jurídica, objeto social, representantes legales, capital o composición accionaria, funciones del representante legal) en caso de empresa extranjera, certificación de constitución o representación legal o documento similar de la personería jurídica, según el país de origen, c) Autorización de la Dirección Marítima y Portuaria para su operación.
- Diligenciar la solicitud de visa por medio electrónico a través del siguiente enlace: Formulario Visas. En el caso de grupos artísticos, deportivos y culturales la solicitud de visa se podrá diligenciar por su representante, especificando los datos de cada uno de los integrantes del grupo.
Recuerde:
- Para que su visa sea estampada en su pasaporte, deberá presentarlo en el consulado donde concluyó su trámite o en las oficinas de Bogotá. Usted podrá ingresar a Colombia presentando la visa electrónica que le llega a su correo electrónico.
Nota: Si usted hace su solicitud de manera presencial, no requerirá llevar fotografías. Las mismas le serán tomadas en la oficina expedidora.
Costos y Medios de pago
*Las tarifas por concepto de expedición de visa TP-2 así como su estudio serán exentas para aquellos miembros de embarcaciones pesqueras cuya actividad se desarrolle en las zonas aledañas a San Andrés, Providencia y Santa Catalina. * Las visas para los nacionales ecuatorianos serán gratuitas. La tarifa por concepto de estudio será: resto del mundo 30 Dólares - Europa y/o Cuba 23 Euros.
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El recibo del estudio de la visa tiene una vigencia de treinta (30) días calendario, siempre y cuando su solicitud haya sido requerida. En caso de que su solicitud haya sido inadmitida y usted esté interesado en aplicar a una nueva solicitud, deberá realizar un nuevo pago por concepto de estudio de visa. Si su solicitud es aprobada, recuerde que tiene máximo quince (15) días calendario para realizar el pago de su visa con la misma tirilla que recibió al momento de cancelar el estudio. Vencido este plazo, caducará la autorización y deberá realizar una nueva solicitud. Una vez efectuado el pago para la impresión o estampa de la visa puede acercarse con su pasaporte a la Oficina BTA. VISAS cuando se encuentre en Colombia.
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* Las visas para los nacionales ecuatorianos serán gratuitas. La tarifa por concepto de estudio será: resto del mundo 30 Dólares - Europa y/o Cuba 23 Euros.
Lista de consulados que reciben Money Order para realizar el pago:
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Nota: Cuando vaya a realizar su trámite, verifique con el Consulado más cercano los medios de pago disponibles.