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Consulado de Colombia en Miami

TP12

Descripción del trámite en Sí Virtual, el Portal del Estado colombiano:

TP 12: al extranjero que desee ingresar al territorio nacional para asistir o participar, con o sin contrato de trabajo, en eventos académicos, científicos, artísticos, culturales, deportivos, para presentar entrevista en un proceso de selección de personal de entidades públicas o privadas, capacitación empresarial, contactos comerciales o empresariales y cubrimientos periodísticos.

 

Requisitos:

  • Adjuntar copia de la página principal del pasaporte vigente donde aparecen registrados los datos personales del titular.
  • Presentar pasaporte o documento de viaje, expedido por Autoridad o Estado reconocido por el Gobierno de Colombia, con vigencia mínima de ciento ochenta (180) días, en buen estado, con mínimo dos (2) páginas en blanco.
    Sin perjuicio de lo dispuesto en tratados e instrumentos internacionales vigentes, serán válidos los documentos de viaje expedidos por la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Organización de Naciones Unidas (ONU), aceptados por el Estado colombiano.
  • Copia de la página del pasaporte donde haya sido estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
  • Para visas anteriores otorgadas sin el OCR o código de lectura rápida, anexar copia de la página que contenga la última visa colombiana. En caso de que ésta hubiere sido otorgada con el OCR este requisito no será necesario.
  • Si el trámite va a ser finalizado por un apoderado adjuntar poder debidamente otorgado.
  • Fotocopia o información electrónica de los respectivos pasajes de salida del país.
  • Anexar los documentos descritos en los primeros cinco puntos y carta de invitación de la persona o institución que invite y se responsabilice de la permanencia y salida del extranjero del territorio nacional donde se especifique la actividad que el solicitante de la visa pretende realizar. En caso de que el que invita sea persona natural, certificación bancaria donde se indique el promedio bancario de los últimos 3 meses superior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, o
  • Anexar los documentos descritos en los primeros cinco puntos y certificación de la entidad o institución privada o pública que realiza el proceso de selección de personal, o capacitación empresarial, o cubrimiento periodístico  donde se indique que el solicitante extranjero se encuentra en proceso de selección, es parte de la capacitación o que realizará un cubrimiento periodístico.

 

Nota: Para brindar espectáculo público anexar los documentos descritos en los primeros cinco puntos y carta de solicitud del empresario o promotor que impulse la visita del artista indicando el lugar donde se va a desarrollar la actividad y se responsabilice de la permanencia y salida del extranjero del territorio nacional, acompañada de información suficiente que permita verificar la existencia y representación legal, así como de su solvencia económica. Cuando la presencia del extranjero requiera un tiempo mayor a noventa (90) días, deberá tramitar visa TP-4.

  Recuerde:

  • Para que su visa sea estampada en su pasaporte, deberá presentarlo en el consulado donde concluyó su trámite o en las oficinas de Bogotá. Usted podrá ingresar a Colombia presentando la visa electrónica que le llega a su correo electrónico.

Nota: Si usted hace su solicitud de manera presencial, no requerirá llevar fotografías. Las mismas  le serán tomadas en la oficina expedidora.

Costos y Medios de pago

 

* Las visas para los nacionales ecuatorianos serán gratuitas. La tarifa por concepto de estudio será: resto del mundo 30 Dólares - Europa y/o Cuba 23 Euros.
* Las visas para los nacionales de Japón y de la República de Corea serán gratuitas; la tarifa por concepto del estudio será aquella que corresponda a la clase y categoría de la visa solicitada.

 

Guia de pagos PSE
Guia de pagos Servibanca


El recibo del estudio de la visa tiene una vigencia de treinta (30) días calendario, siempre y cuando su solicitud haya sido requerida. En caso de que su solicitud haya sido inadmitida y usted esté interesado en aplicar a una nueva solicitud, deberá realizar un nuevo pago por concepto de estudio de visa.

Si su solicitud es aprobada, recuerde que tiene máximo quince (15) días calendario para realizar el pago de su visa con la misma tirilla que recibió al momento de cancelar el estudio. Vencido este plazo, caducará la autorización y deberá realizar una nueva solicitud. Una vez efectuado el pago para la impresión o estampa de la visa puede acercarse con su pasaporte a la Oficina BTA. VISAS cuando se encuentre en Colombia.

  • Debe hacerlo en efectivo y en pesos Colombianos en la sucursal del Banco GNB Sudameris que se encuentra en la oficina de Visas en la Av. Cra 19 98-03 Piso 3 en la Ciudad de Bogotá. No se recibe tarjeta debito/crédito para el pago. 
  • Red de cajeros automáticos de Servibanca.
  • Pago por PSE, para lo cual debe contar con una cuenta activa en Colombia, habilitada por la respectiva entidad financiera con el servicio para pagos electrónicos.

 

 

* Las visas para los nacionales ecuatorianos serán gratuitas. La tarifa por concepto de estudio será: resto del mundo 30 Dólares - Europa y/o Cuba 23 Euros.
* Las visas para los nacionales de Japón y de la República de Corea serán gratuitas; la tarifa por concepto del estudio será aquella que corresponda a la clase y categoría de la visa solicitada.

 

Guia de pagos PSE

 

Lista de consulados que reciben Money Order para realizar el pago:

  • Atlanta, Estados Unidos
  • Boston, Estados Unidos
  • Calgary, Canadá
  • Chicago, Estados Unidos
  • Houston, Estados Unidos
  • Los Ángeles, Estados Unidos
  • Miami, Estados Unidos
  • Newark, Estados Unidos
  • Nueva York, Estados Unidos
  • Orlando, Estados Unidos
  • San Francisco, Estados Unidos
  • Toronto, Canadá

 

  • Pago electrónico: A través de internet, para esto deberá utilizar el Sistema de Pago electrónico, oprimiendo el botón pagos seguros en línea. Para conocer cómo funciona el sistema de pago electrónico en línea puede consultar nuestra Guía al Ciudadano para PSE . Tenga en cuenta que para realizar su pago por PSE debe contar con una cuenta activa en Colombia, habilitada por la respectiva entidad financiera con el servicio para pagos electrónicos.

Nota: Cuando vaya a realizar su trámite, verifique con el Consulado más cercano los medios de pago disponibles. 

 

 

Trámites y Servicios