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Descripción del trámite en Sí Virtual, el Portal del Estado colombiano:
Mercosur: Al extranjero nacional de alguno de los Estados Partes de Mercosur y sus Asociados que desee ingresar o haya ingresado al territorio nacional y solicite residencia temporal en el marco del Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile.
Requisitos:
- Adjuntar copia de la página principal del pasaporte vigente donde aparecen registrados los datos personales del titular.
- Presentar pasaporte o documento de viaje, expedido por Autoridad o Estado reconocido por el Gobierno de Colombia, con vigencia mínima de ciento ochenta (180) días, en buen estado, con mínimo dos (2) páginas en blanco.
Sin perjuicio de lo dispuesto en tratados e instrumentos internacionales vigentes, serán válidos los documentos de viaje expedidos por la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Organización de Naciones Unidas (ONU), aceptados por el Estado colombiano. - Copia de la página del pasaporte donde haya sido estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
- Para visas anteriores otorgadas sin el OCR o código de lectura rápida, anexar copia de la página de contenga la última visa colombiana. En caso de que ésta hubiere sido otorgada con el OCR este requisito no será necesario.
- Si el trámite va a ser finalizado por un apoderado adjuntar poder debidamente otorgado.
- Anexar los documentos descritos en los primeros cinco puntos y certificado de antecedentes penales expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la solicitud de la visa por la autoridad competente del país de origen o último lugar de residencia donde haya permanecido mínimo tres (3) años, debidamente apostillado o legalizado y traducido, según el caso. Los menores de edad están exentos de este requisito.
- Para menores de edad, Registro Civil de Nacimiento debidamente apostillado o legalizado y traducido, según el caso, acompañado de autorización para permanecer en Colombia, suscrita por al menos uno de sus padres, debidamente apostillada o legalizada y traducida, según el caso. A falta de alguno de los padres, debe aportar permiso otorgado por autoridad de familia competente del país de origen, debidamente apostillado o legalizado y traducido, según el caso.
Los extranjeros menores de siete (7) años acreditarán su condición de residente con etiqueta de visa estampada en el pasaporte o en el documento de viaje, los extranjeros que superen esta edad podrán hacerlo presentando la Cédula de Extranjería o la etiqueta de visa estampada en pasaporte vigente.
Las Visas de residencia RE que a partir del 24 de julio de 2013 fueron tramitadas por primera vez y autorizadas para vigencia máxima de cinco (5) años, no perderán validez. Su vigencia se entenderá ajustada a lo dispuesto en la normatividad actual.
A efectos de la autenticidad de los documentos, cuando la solicitud de visa se presente ante una Oficina Consular de la República, bastará la certificación conforme a los procedimientos establecidos en el país del cual el documento procede.
Cuando la solicitud se tramite ante el Grupo Interno de Trabajo de Visas e Inmigración, dicha autenticidad podrá ser certificada por funcionario consular del país de origen del peticionario acreditado en Colombia.
Costos y Medios de pago
* Las visas para los nacionales ecuatorianos serán gratuitas. La tarifa por concepto de estudio será: resto del mundo 30 Dólares - Europa y/o Cuba 23 Euros.
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El recibo del estudio de la visa tiene una vigencia de treinta (30) días calendario, siempre y cuando su solicitud haya sido requerida. En caso de que su solicitud haya sido inadmitida y usted esté interesado en aplicar a una nueva solicitud, deberá realizar un nuevo pago por concepto de estudio de visa. Si su solicitud es aprobada, recuerde que tiene máximo quince (15) días calendario para realizar el pago de su visa con la misma tirilla que recibió al momento de cancelar el estudio. Vencido este plazo, caducará la autorización y deberá realizar una nueva solicitud. Una vez efectuado el pago para la impresión o estampa de la visa puede acercarse con su pasaporte a la Oficina BTA. VISAS cuando se encuentre en Colombia.
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* Las visas para los nacionales ecuatorianos serán gratuitas. La tarifa por concepto de estudio será: resto del mundo 30 Dólares - Europa y/o Cuba 23 Euros.
Lista de consulados que reciben Money Order para realizar el pago:
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Nota: Cuando vaya a realizar su trámite, verifique con el Consulado más cercano los medios de pago disponibles.