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Consulado de Colombia en Miami

V - Medida complementaria al refugio

Descripción del trámite en el portal único para realizar trámites del Estado en línea

  1. Comunicación interna remitido por el Grupo Interno de Trabajo para la Determinación de la Condición de Refugiado del Ministerio de Relaciones Exteriores al Grupo Interno de Trabajo de Visas e Inmigración mediante la cual se informa la aplicación de la medida complementaria.

La vigencia de la visa será de máximo un año, no será susceptible de ser prorrogada o renovada. Esta visa se deberá solicitar en territorio colombiano ante el Grupo Interno de Trabajo de Visas e Inmigración.

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