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Consulado de Colombia en Miami

Información útil sobre trámites para menores de edad

 

Registro Civil de nacimiento

Si va a registrar a su hijo como colombiano, debe solicitar una cita en PROGRAME SU CITA en http://milan.consulado.gov.co/ en el enlace https://tramites.cancilleria.gov.co/Ciudadano/inicio.aspx  y escoger la opción: Documentos de Identidad y Registros y presentar la siguiente documentación sin costo el día de la cita. Si desea tramitar el pasaporte del menor el mismo día, NO es necesario solicitar otra cita.

       1.    Atto Integrale di Nascita expedido expedido por el Comune

              1.2 Apostilla por la Prefettura del Atto Integrale di Nascita. (No se aceptan Certificato di Nascita, ni Estratto per Riassunto, se requiere obligatoriamente la copia del documento original)

       2.    Traducción oficial del Atto Integrale di Nascita por el Tribunal  (lista de traductores oficiales)

              2.3 Apostilla de la traducción oficial del Atto Integrale di Nascita por la Procura della Reppublica (Tribunale)

       3.    Certificado del Grupo Sanguíneo y Factor RH

       4.     Documento de Identificación de los padres

  • Si los padres son colombianos, presentar Cédula de Ciudadanía, si son extranjeros, presentar Documento de Identidad o Pasaporte vigente
  • El menor tendrá que ser acompañado por uno de los padres

 

Pasaporte para Menores de edad

Si un menor de edad colombiano va a entrar y/o salir de Colombia, aunque tenga doble o múltiple ciudadanía, debe presentar pasaporte colombiano, de lo contrario será acreedor de la sanción correspondiente.

Si va a solicitar Pasaporte para un menor de edad debe presentar los siguientes requisitos con cita previa y pagar en efectivo 103 euros, si no hay citas disponibles en el sistema, debido al alto número de colombianos que están renovando su pasaporte, preséntense sin cita de lunes a viernes de 9 a.m. a 1 p.m. con los siguientes requisitos:

           1.     Copia auténtica del Registro Civil colombiano de Nacimiento para menores entre 7 y 17 años y Tarjeta de Identidad, si la tuviese

           2.     Documento de identidad de los padres, representante legal o persona autorizada

  • Si el menor fue registrado a partir del año 2000, el Registro Civil debe presentar el NUIP, Numero Único de Identificación Personal de 10 dígitos
  • El menor debe ser acompañado por uno de sus padres o por su representante legal con autorización firmada ante notario o cónsul
  • Si los padres son colombianos deben presentar Cédula de Ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas); si los padres son extranjeros, Pasaporte o Carta de Identidad.
  • El pasaporte de emergencia será tramitado únicamente en casos excepcionales, situaciones donde sea necesario salvaguardar derechos inalienables de la persona, tales como la vida, la salud y la integridad fundamentándose en situaciones de extrema necesidad, fuerza mayor o caso fortuito

Tarifas, la cancelación se hace en efectivo y en euros al momento del trámite

Pasaporte de Emergencia 81 euros

La libreta consta de ocho (8) páginas y la vigencia será de siete (7) meses

Pasaporte Ordinario 103 euros

La libreta consta de treinta y dos (32) páginas y su vigencia será de diez (10) años

Pasaporte Ejecutivo 152 euros

La libreta consta de cuarenta y ocho (48) páginas y su vigencia será de diez (10) años

  • La foto será tomada durante el trámite y el tiempo de entrega del Pasaporte es de dos semanas. El Pasaporte de Emergencia se entrega inmediatamente.
  • Para el retiro del pasaporte es obligatoria la presentación personal del padre, de la madre o del representante legal que acompaño al menor y quien puso la huella dactilar en el Consulado. Debe presentar recibo de pago y pasaporte anterior si lo posee, o mediante un fax al Consulado con la autorización a una empresa de correo postal certificada contratada por el solicitante (el modelo de fax se puede solicitar en el Consulado el día da la cita o descargar en el enlace Documentos para Entregar en nuestra página web) http://milan.consulado.gov.co/consulta_documento
  • El pasaporte tendrá un plazo de seis (6) meses para ser reclamado, de lo contrario el documento de viaje será cancelado y el menor deberá tramitar y pagar uno nuevo
  • La cancelación de un pasaporte no afecta las visas ni sellos migratorios. El pasaporte cancelado será devuelto a su titular una vez reciba el nuevo pasaporte.

 

Permiso de Salida de Menor

Si un menor de edad colombiano sale de Colombia sin uno de sus padres o sin ambos, es obligatorio presentar en el aeropuerto el Permiso de Salida del País en original con copia del Registro Civil de Nacimiento colombiano ante Migración Colombia. Para este trámite NO necesita cita, requiere los siguientes requisitos y 16 euros en efectivo.

  1. Documento de Identificación de los padres, (de la madre, del padre o del representante legal que otorga el Permiso de Salida)
  2. Formato de Permiso de salida del país diligenciado
  3. Copia del Registro Civil de Nacimiento colombiano del menor

       

  • La persona que firma el Permiso de Salida, si es colombiana debe presentar Cédula de Ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas); si es extranjera, Pasaporte valido o Carta de Identidad
  • Si ninguno de los dos padres viaja con el menor, ambos deben otorgar el Permiso de Salida, es decir, madre y padre deben realizar el reconocimiento de firma
  • El Formato de Permiso de Salida del País debe indicar: Nombre completo del menor, número de documento de identidad, destino, propósito del viaje, fecha de salida y regreso al país, nombres, apellidos y número de documento de identificación del acompañante del menor en el viaje
  • Dicho Formato se puede diligenciar directamente en el Consulado o descargar de la pág. de internet de este Consulado o directamente en: http://www.migracioncolombia.gov.co/phocadownload/aspm_2.pdf
  • Terminado el trámite, NO se puede modificar ni alterar su contenido, salvo que uno de los padres lo firme ante notario o cónsul.
  • El Permiso de Salida a Menor debe ser enviado en ORIGINAL a Colombia, para que el menor y su acompañante lo presenten ante Migración Colombia, junto a una copia simple del Registro Civil de Nacimiento colombiano del menor

*Si posee un PODER GENERAL que le permite la salida del país del menor, debe realizar en el Consulado un Certificado de Vigencia de dicha Escritura Pública cuyo original reposa en Colombia, con los siguientes requisitos y dentro de los 30 días de la fecha de viaje del menor:

1. Copia del Poder General

2. Registro Civil de Nacimiento del Menor

3. Documentos de ambos padres (para colombianos, cédula de ciudadanía; para extranjeros, carta de identidad o pasaporte vigente)

4. Presencia en el Consulado de ambos padres

5. Datos de dirección de residencia y teléfono de contacto

- 40 euros en efectivo

- Este trámite NO requiere cita

Recomendaciones para salida de niñas, niños y adolescentes

http://www.migracioncolombia.gov.co/index.php/recomendaciones-salida-de-ninos

 

Tarjeta de Identidad

La Tarjeta de Identidad es el documento de identificación para los menores de edad colombianos, por nacimiento o por adopción, mayores de 7 y menores de 18 años. No es un documento de obligatoria presentación para los colombianos menores de edad residentes en el exterior, sin embargo los documentos de identificación pueden ser solicitados eventualmente por parte de la autoridad migratoria colombiana, con el objeto de adelantar verificaciones relacionadas con el proceso migratorio.

Puede hacer la solicitud acompañado por uno de sus padres o representante legal programando su cita en http://milan.consulado.gov.co/ escogiendo la opción: Documentos de Identidad y Registros. Presentar la siguiente documentación sin costo el día de la cita. Si desea tramitar el pasaporte del menor el mismo día, NO es necesario solicitar otra cita.

        1.       Copia del Registro Civil de Nacimiento Colombiano

        2.       Tres (3) fotografías 4X5 cm, tomadas de frente, a color y en fondo blanco o azul. En el siguiente enlace publicado en nuestra pág. encuentra las especificaciones para las fotos http://milan.consulado.gov.co/newsroom/news/2014-08-12/8356

        3.       Conocer el RH y Grupo Sanguíneo del solicitante