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Consulado de Colombia en Miami

Última normatividad del Gobierno portugués sobre restricciones al tránsito aéreo

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Lisboa (ene.  31/21). El Gobierno de Portugal, mediante la Resolución No. 1242-E / 2021 del 29 de enero de 2021 y en el marco de la pandemia de Covid-19, determinó la prórroga de las restricciones al tránsito aéreo desde y hacia Portugal.**

Así, quedan autorizados los vuelos desde y hacia Portugal que sean exclusivamente esenciales. Entiéndase por esenciales lo dispuesto en la recomendación del Consejo Europeo No. 2020/912 de 30 de junio de 2020:

  • Profesionales de la salud, investigadores sanitarios y profesionales de asistencia a los ancianos;
  • Trabajadores fronterizos;
  • Trabajadores temporeros en la agricultura;
  • Personal de transporte;
  • Diplomáticos, personal de organizaciones internacionales y personas invitadas por estas cuya presencia física sea necesaria para el buen funcionamiento de dichas organizaciones, militares, trabajadores humanitarios y personal de protección civil, en el ejercicio de sus funciones;
  • Pasajeros en tránsito;
  • Pasajeros que viajen por motivos familiares imperativos (Consultar con el Consulado de Portugal en Bogotá);
  • Marinos;
  • Personas que necesiten protección internacional o por otras razones humanitarias;
  • Nacionales de terceros países que viajen con fines de estudio (Requiere Visa);
  • Trabajadores altamente cualificados de terceros países cuyo trabajo resulte necesario desde el punto de vista económico y no pueda aplazarse o realizarse en el extranjero.

Quedan igualmente autorizados los viajes para:

  • Ciudadanos de la Unión Europea/países Schengen y familiares.
  • Ciudadanos de terceros países con Residencia o Visa Temporal.

Adicionalmente, el Gobierno de Portugal determinó que los pasajeros procedentes de países en los cuales se reporten más de 500 casos por cada de 100 mil habitantes en los últimos 14 días, sólo podrán abordar un avión con prueba PCR negativa realizada en las 72 horas anteriores al viaje. Asimismo, estos pasajeros deberán cumplir con un aislamiento profiláctico de 14 días luego de su llegada.

Importante: Todos los pasajeros procedentes de vuelos deben presentar prueba de Covid-19 negativa con un máximo de 72 hrs. previo al viaje. Al ingresar al país por vía aérea se les tomará la temperatura a todos los pasajeros mediante cámaras con termómetro infrarrojo

*Este documento es de carácter orientativo, contiene sólo una parte de la información publicada en la Resolución y está sujeto a las modificaciones que las autoridades portuguesas realicen sobre el mismo a partir de la fecha.

** Recuerde que la decisión sobre el ingreso al territorio portugués es competencia exclusiva de las autoridades migratorias de este país.

***Antes de realizar su viaje consulte con el Consulado de Portugal en el país donde se encuentra.