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Consulado de Colombia en Miami

El Consulado General de Colombia en Quito informa que el Gobierno nacional autorizó un vuelo de retorno en la ruta Quito – Bogotá el viernes 24 de julio de 2020

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Quito (jul 16/20). En el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, el Gobierno de Colombia autorizó un vuelo de retorno en la ruta Quito – Bogotá para el viernes 24 de julio, operado por Avianca. El costo del vuelo debe ser cancelado por los interesados directamente a la aerolínea.

Los connacionales que decidan utilizar este medio de transporte para ingresar vía aérea al territorio nacional deben registrarse en el formulario en línea a través del siguiente enlace Vuelo Quito - Bogotá. Se debe diligenciar un cuestionario por cada pasajero (adultos y menores).

Los vuelos con carácter humanitario se autorizan de manera excepcional y son provistos por aerolíneas comerciales por lo que SÓLO SE CONFIRMARÁ SI SE COMPLETA EL CUPO MÍNIMO DE OCUPACIÓN y cada viajero debe asumir el costo del tiquete.

Diligenciar el registro en línea y cumplir con los requisitos no garantiza un cupo. De acuerdo con la demanda y los cupos disponibles, la asignación se hace siguiendo criterios como la fecha de registro, y dando prioridad a personas y grupos con factores de especial vulnerabilidad, como adultos mayores, menores de edad, familias con niños, mujeres gestantes, personas en condición de discapacidad o situaciones críticas.

Los connacionales que estén interesados en que se evalúe su admisión en el vuelo con carácter humanitario para ingresar al territorio nacional deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Haberse registrado ante el Consulado correspondiente a su circunscripción como viajero temporal, a través de las líneas de atención dispuestas por cada Consulado.
  • Cada viajero, incluyendo menores de edad, debe registrarse en la plataforma del Ministerio de Relaciones Exteriores, el número de solicitud será necesario para concluir el registro del vuelo. Puede registrarse a través del siguiente enlace: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/registrarEmergencias.xhtml
  • Previo al registro, diligenciar de manera veraz, el formulario de declaración de estado de salud, que se encuentra en la página web de Migración Colombia. El número de validación será necesario para concluir el registro del vuelo. Puede registrarse a través del siguiente enlace: https://www.migracioncolombia.gov.co/controlpreventivocontraelcoronavirus
  • Podrán hacer uso del vuelo los ciudadanos colombianos y extranjeros residentes permanentes en Colombia (titulares de Visa vigente tipo M, R o Cortesía) que hayan ingresado a Ecuador en el 2020 por razones de turismo, negocios y/o estudio. Se exigirá prueba de la fecha de ingreso al país.
  • Contar con los documentos de viaje (cédula colombiana y/o pasaporte). Si viajan con menores, contar con los permisos de salida necesarios.
  • Informar el lugar y el contacto en Colombia donde cumplirá el Aislamiento Preventivo Obligatorio. De acuerdo con la Resolución 385 del Ministerio de Salud y con la Resolución 1230 del 21 de mayo, expedida por Migración Colombia, los viajeros procedentes del extranjero deben comprometerse a cumplir la medida de Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO) por 14 días en el lugar de residencia o habitación del viajero en el destino final en el territorio nacional. Sin este requisito no se permitirá comprar el pasaje.
  • Contratar, antes de la salida del vuelo, el transporte que lo trasladará al lugar de residencia o habitación donde pasará el Aislamiento Obligatorio.
  • Asumir los costos que se generen con ocasión del autoaislamiento en Colombia, ya sea transporte intermunicipal (especial o privado) hasta el lugar donde cumplirá el Aislamiento Preventivo Obligatorio - APO, o el hospedaje para quienes no residan en Bogotá. En este caso, se le exigirá comprobante de reserva confirmada y paga por 14 días de alojamiento.
  • El viajero debe diligenciar el formulario en línea dispuesto por el Centro de Logística y Transporte - CLYT del Ministerio de Transporte mediante el cual se puede validar que se encuentra entre una de las excepciones que permiten la Movilización durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio (fuerza mayor o caso fortuito), en el siguiente enlace: https://clyt.mintransporte.gov.co/  
  • Contactar a las autoridades territoriales (alcaldías) del destino final y, si fuera necesario, obtener el permiso de ingreso al municipio, toda vez que, las autoridades locales pueden adoptar disposiciones complementarias en materia de movilidad y orden público.
  • Cumplir con los protocolos de bioseguridad al interior de la aeronave que incluyen: presentarse en el aeropuerto con tapabocas y guantes para su uso durante todo el viaje, y demás medidas exigidas por las autoridades aeroportuarias y por el Ministerio de Salud y Protección Social.
  • Llegar por sus propios medios en la fecha y hora que se indique para abordar el transporte en el Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre de Quito.
  • Someterse a un examen médico diagnóstico (tamizaje) en el aeropuerto antes de abordar el vuelo. No podrán abordar los pasajeros que presenten síntomas relacionados con el COVID-19.

Recordamos que toda la información suministrada será verificada por Migración Colombia y el Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá. El plazo para ingresar la información vence el domingo 19 de julio a las 6:00 p.m. La aerolínea contactará directamente a quienes cumplan los requisitos para adquirir el pasaje. La documentación requerida para viajar solamente será solicitada a las personas que compren el pasaje.