logo gov.co

Consulado de Colombia en Miami

A PARTIR DEL VIERNES 17 DE JULIO A LAS 17:00 SE ACTIVARÁ EL ENLACE PARA POSTULARSE A UNO DE LOS CUPOS DEL VUELO AUTORIZADO EN LA RUTA QUITO – BOGOTÁ EL VIERNES 24 DE JULIO

sin-titulo

EL CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA EN QUITO INFORMA QUE, A PARTIR DEL VIERNES 17 DE JULIO A LAS 17:00 SE ACTIVARA EL ENLACE PARA POSTULARSE A UNO DE LOS CUPOS DEL VUELO AUTORIZADO EN LA RUTA QUITO – BOGOTA EL VIERNES 24 DE JULIO

 

El enlace al formulario de registro en línea para el vuelo con carácter humanitario autorizado por el Gobierno de Colombia en la ruta Quito – Bogotá para el viernes 24 de julio, se publicará en la página web del Consulado. Los vuelos con carácter humanitario se autorizan de manera excepcional y son provistos por aerolíneas comerciales por lo que SÓLO SE CONFIRMARÁ SI SE COMPLETA EL CUPO MÍNIMO DE OCUPACIÓN y, cada viajero debe asumir el costo del tiquete.

 

Diligenciar el registro en línea y cumplir con los requisitos no garantiza un cupo. De acuerdo con la demanda y los cupos disponibles, la asignación se hace siguiendo criterios como la fecha de registro y, dando prioridad a personas y grupos con factores de especial vulnerabilidad, como adultos mayores, menores de edad, familias con niños, mujeres gestantes, personas en condición de discapacidad o situaciones críticas. Los connacionales que estén interesados en que se evalúe su admisión en el vuelo con carácter humanitario para ingresar al territorio nacional deben cumplir las siguientes condiciones:

 

  • Haberse registrado ante el Consulado correspondiente a su circunscripción como viajero temporal a través de las líneas de atención dispuestas por cada Consulado.
  • Podrán hacer uso del vuelo los ciudadanos colombianos y extranjeros residentes permanentes en Colombia (portadores de Visa M, R o Cortesía) que hayan ingresado a Ecuador por razones de turismo, negocios y/o estudio.

Antes de realizar el registro en línea el connacional debe contar con los siguientes requisitos:

  • Cada viajero, incluyendo menores de edad, debe registrarse en la plataforma del Ministerio de Relaciones Exteriores, el número de solicitud será necesario para concluir el registro del vuelo. Puede registrarse a través del siguiente enlace:  https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/registrarEmerge…
  • Previo al registro, diligenciar de manera veraz, el formulario de declaración de estado de salud, que se encuentra en la página web de Migración Colombia. El número de validación será necesario para concluir el registro del vuelo. Puede registrarse a través del siguiente enlace:  https://www.migracioncolombia.gov.co/controlpreventivocontraelcoronavir…
  • Informar el lugar y el contacto en Colombia donde cumplirá el Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO) por 14 días en el lugar de residencia o habitación en el destino final en el territorio nacional. Este es un requisito obligatorio para adquirir el pasaje.
  • Contratar, antes de la salida del vuelo, el transporte que lo trasladará desde el aeropuerto hasta el lugar donde pasará el Aislamiento Obligatorio. Debe iniciar su traslado hacia la ciudad de destino final dentro de las primeras 24 horas de su arribo a territorio colombiano. De lo contrario, deberá cumplir los 14 días de APO en Bogotá.
  • Asumir los costos que se generen con ocasión del autoaislamiento en Colombia, ya sea transporte intermunicipal (especial o privado) hasta el lugar donde cumplirá el Aislamiento Preventivo Obligatorio - APO, o el hospedaje para quienes no residan en Bogotá. En este caso, se le exigirá comprobante de reserva confirmada y paga por 14 días de alojamiento.
  • El viajero debe diligenciar el formulario en línea dispuesto por el Centro de Logística y Transporte - CLYT del Ministerio de Transporte mediante el cual se puede validar que se encuentra entre una de las excepciones que permiten la Movilización durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio (fuerza mayor o caso fortuito), en el siguiente enlace: https://clyt.mintransporte.gov.co/

Una vez verificada toda la información, el Consulado notificará a la aerolínea que el connacional puede adquirir el tiquete. El Consulado no interviene en el proceso de compra y reserva. La aerolínea contactará directamente a las personas autorizadas para adquirir el pasaje.