El Consulado de Colombia en Lima invita a los connacionales a postularse como jurado para las elecciones presidenciales 2018
Lima (abr. 24/18). El Consulado General de Colombia en Lima informa sobre la elección de Presidente y Vicepresidente de la República de Colombia, que se llevará a cabo desde el lunes, veintiuno (21) hasta el domingo, veintisiete (27) de mayo del presente año, en las instalaciones del Consulado, ubicado en la Avenida José Pardo 432/434, Edificio Lit One, Oficina 102, Distrito de Miraflores.
Sobre el particular, y de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, el Decreto-Ley 2241 de 1986 (Código Electoral), el Decreto 1620 de 2017 y la Resolución 5552 de 2017, este Consulado se permite invitar a los ciudadanos colombianos que deseen ser jurados de votación a que envíen un mensaje a la cuenta de correo electrónico CLIMA@CANCILLERIA.GOV.CO, con asunto “POSTULACIÓN – JURADO DE VOTACIÓN”, informando:
1. Nombres completos;
2. número de cédula de ciudadanía;
3. dirección de correo electrónico;
4. número de teléfono de contacto;
5. día de preferencia para prestar sus servicios como jurado de votación; y
6. Copia digital de su cédula de ciudadanía vigente.
Requisitos:
- Ser ciudadano colombiano mayor de dieciocho (18) años y menor de sesenta (60) años.
- Contar con la cédula de ciudadanía original y vigente, en perfecto estado (Cédula de ciudadanía amarilla con hologramas).
Proceso de designación:
- La Cónsul General de Colombia en Lima, mediante sorteo abierto al público, designará, entre los ciudadanos inscritos, cuatro (4) jurados para cada una de las mesas, dos (2) principales y dos (2) suplentes. La fecha del sorteo será anunciada a todos los postulantes por correo electrónico en una próxima comunicación.
Funciones: De conformidad con los establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en fecha posterior se impartirá una capacitación que versará sobre los siguientes temas:
- Instalación de mesa;
- Desarrollo de votaciones; y
- Escrutinio de votos.
Beneficios:
- Día Compensatorio.
Los Jurados de Votación tienen derecho a un (1) día de descanso compensatorio remunerado, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a la fecha de la elección. Adicionalmente, y en caso de votar, adicionalmente tendrán derecho a medio día dentro de los 30 días siguientes. (Lo anterior es exigible ante empleadores públicos o privados en Colombia).