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Consulado de Colombia en Miami

Información importante para receptores de DACA que recibieron documentos de autorización de empleo de tres años, después del interdicto judicial

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El Consulado de Colombia en Nueva York comparte información importante para receptores de DACA que recibieron documentos de autorización de empleo de tres años, después del interdicto judicial.

Esta información es acerca de la retirada de ciertos Documentos de Autorización de Empleo (EAD) con validez de tres años que fueron expedidos o reenviados a receptores de DACA luego de que entrara en vigor la orden judicial del 16 de febrero de 2015.

El 7 de julio, un juez federal de distrito otorgó un plazo hasta finales de julio a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) para retirar los documentos de autorización de tres años de empleo (o permiso de trabajo) otorgado a los beneficiarios de DACA.

USCIS ha notificado a los beneficiarios de DACA  por correo electrónico y teléfono para: devolver los permisos de trabajo de 3 años otorgados a algunos beneficiarios de DACA. Si la tarjeta se pierde o de lo contrario no puede ser devuelta, se debe firmar una declaración para tal efecto.

El USCIS ha advertido que las autorizaciones de trabajo que han sido expedidas después del 16 de febrero, serán revocadas. Para garantizar la continuidad de DACA, el USCIS está haciendo visitas a domicilio para recuperar los aproximadamente 900 permisos de trabajo expedidos. Se considera que las visitas domiciliarias podrían comenzar en Nueva York a partir de la próxima semana.

Lo que debe saber:

  • Los funcionarios que realizarán las visitas a domicilio para recuperar los permisos de trabajo de tres años DACA, NO aplicarán las leyes de inmigración y sólo se limitarán a reclamar los permisos de trabajo.
  • Los permisos de tres años de trabajo serán reemplazados por un premiso nuevo de 2 años de duración.
  • El plazo límite para la devolución de los permisos de trabajo es de tres años es el 31 julio de 2015.
  • A fin de evitar una visita a la casa, le recomendamos a las personas que recibieron sus tarjetas después de 16 febrero, 2015, devolver sus permisos de trabajo voluntariamente.
  • Las personas que han recibido su permiso de trabajo de tres años 3 años  antes del 16 de Febrero, 2015, no se verán afectados por este problema. Por lo tanto no están obligados a devolver su permiso de trabajo.
  • Aquellos que aún están en posesión del permiso de trabajo por tres años, pueden enviar un correo a USCIS o pueden visitar su oficina local situada en: 26 Federal Plaza, New York, NY de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. No es necesario hacer cita previa.
  • Coalición de Inmigración de Nueva York permanecerá en estrecha comunicación con el USCIS para garantizar la seguridad de nuestras comunidades.

Los empleados del USCIS que realicen las visitas deben presentar las credenciales  del USCIS y tarjetas de visita con información de contacto de la oficina. En caso de duda, llame al número de la tarjeta de visita para verificar la identidad del visitante. Los números de teléfonos de las tarjetas de negocios de los empleados del USCIS New York, deben tener los siguientes números: 212-264-xxxx o 631-687-xxxx

Para aquellos que tienen dudas acerca de si es necesario devolver su permiso de trabajo 3 años al USCIS, llame al 1-800-375-5283 y seleccione la opción 8.
Las personas también pueden llamar a la Coalición de Inmigración de Nueva York para obtener más información en 212-627-2227.

Encuentre más información en http://www.uscis.gov/es/programas-humanitarios/proceso-de-accion-diferida-para-jovenes-que-no-representan-riesgo/receptores-de-daca-que-recibieron-documentos-de-autorizacion-de-empleo-de-3-anos-despues-del-interdicto-judicial-datos-generales