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Consulado de Colombia en Miami

V - Trámites administrativos / judiciales

Descripción del trámite en el portal único para realizar trámites del Estado en línea.

Descripción: Para realizar trámites administrativos y/o judiciales ante entidades o autoridades en Colombia.

Se podrá otorgar la visa con vigencia hasta de 2 años tomando en cuenta la actividad que se propone el extranjero en Colombia.

Requisito específico:

  1. Certificado de la entidad o autoridad colombiana en ante la cual se realizará el trámite.

 

En el caso que la solicitud se presente a título personal o individual o con respaldo y patrocinio de una persona natural

1. Carta firmada por el solicitante o por la persona que respalda la solicitud que incluya: Identificación plena del solicitante o de la persona que respalda la visa (como aparece en el Pasaporte o cédula de ciudadanía), explicación sobre el vínculo con el extranjero, el motivo del viaje y declaración de responsabilidad económica por los gastos de estadía y desplazamientos personales o del extranjero.

2. Extractos bancarios del solicitante o de la persona que respalda la solicitud de los seis (6) meses previos a la solicitud de visa.

 

En caso que la solicitud se presente con el respaldo de uno o varias personas jurídicas

Anexe

1. Carta firmada por el representante legal de la institución o empresa que incluya:
• Nombre de la institución o empresa, NIT (en caso de estar constituida legalmente en Colombia) y datos de contacto.
• Identificación completa del extranjero como aparece en el pasaporte.
• Actividad, duración y agenda prevista para el extranjero.
• Vínculo con el extranjero y cualificación o experticia.
• Declaración de responsabilidad económica por los gastos de estadía y desplazamientos del extranjero.

2. Cuando la institución o empresa que respalde la solicitud sea privada y constituida en el extranjero deberá aportar certificado de existencia y representación legal o el documento que haga sus veces.

3. Acreditar liquidez mediante la presentación de los extractos bancarios de Institución o Empresa correspondientes a los 6 meses previos a la solicitud. Las entidades públicas no requieren cumplir con este requisito.