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Consulado de Colombia en Miami

El procedimiento y requisitos para la importación de vehículos y demás mercancías puede ser consultado en el Decreto 2685 de 1999 y en su Resolución reglamentaria 4240 de 2000.

La partida arancelaria de vehículos es la 8703, y con ésta de acuerdo a las características de los vehículos se pueden establecer, a nivel de subpartida arancelaria, los tributos aduaneros que se deben cancelar por concepto de la importación.