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Consulado de Colombia en Miami

Desde el 30 de octubre se simplifican algunos requisitos para el trámite del pasaporte

 

Bogotá (oct. 30/17). El Ministerio de Relaciones Exteriores sigue trabajando para prestar servicios más ágiles y eficientes a los ciudadanos, por esto y con el propósito de simplificar algunos de los requisitos para tramitar el pasaporte, la Cancillería expidió la Resolución 8327 del 24 de octubre de 2017, que regula las disposiciones referentes a este trámite.

Con esta nueva normativa, los colombianos mayores de edad que realicen su trámite presentando contraseña por primera vez, deben llevar copia simple de su registro civil de nacimiento, ya no será necesario la copia auténtica.
El documento de identidad que deben presentar los menores de edad seguirá siendo la copia autentica del Registro Civil de Nacimiento.

Es importante tener en cuenta que desde el lunes 30 de octubre no será posible expedir pasaporte con contraseña por rectificación de cédula de ciudadanía. Desde este día, los ciudadanos deben esperar a que los cambios solicitados sean actualizados en la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y le sea entregada su nueva cédula.

Consulte requisitos de expedición aquí: http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/pasaportes/requisitos

¿Cómo y dónde tramitar su pasaporte?
Teniendo en cuenta que se acercan las vacaciones de diciembre, temporada en la cual un gran número de colombianos decide salir del país para disfrutar las fiestas, y para evitar que los ciudadanos pierdan el tiempo solicitando información en otros lugares, el Ministerio de Relaciones Exteriores recuerda que para tramitar el pasaporte usted debe dirigirse en Bogotá a las dos únicas sedes autorizadas para expedir este documento:

  • Sede Norte, ubicada en la Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100.
  • Sede Calle 53, que se encuentra en la Calle 53 No 10-60, Piso 2.

En ambas, podrán expedir su pasaporte de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. El costo de la libreta (en Bogotá) es de $163.000 y se entrega 24 horas después de realizar el pago.

Si usted quiere ahorrar tiempo, puede diligenciar aquí el formulario de registro de datos para agilizar el trámite en la oficina expedidora: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/registrarCiudadano.xhtml

Si usted se encuentra en otra ciudad de Colombia, debe acercarse a las gobernaciones departamentales, allí podrá tramitar el documento. Conozca aquí cuáles son las autorizadas: http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/pasaportes/lugares_expedicion

Fuera del país, son los consulados colombianos los encargados de expedir el documento de viaje.

Al llegar a la oficina seleccionada, espere el turno para realizar su trámite, debe presentar su cédula de ciudadanía (si es menor de edad, los padres deben llevar la copia autentica del registro civil de nacimiento del niño). No es necesario llevar fotos, estas serán tomadas en el lugar, así como las huellas y la firma.

El trámite no le llevará más de 20 minutos, es uno de los más ágiles del país, hecho que le valió el sello de excelencia otorgado por Gobierno en Línea, el cual es garantía de servicios digitales de alta calidad, ágiles, seguros, fáciles y efectivos.