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Consulado de Colombia en Miami

Cancillería recuerda que el 31 de marzo de 2017 vence el plazo para inscribir organizaciones y postular delegados en el exterior al proceso de elección de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas

 

Bogotá (ene. 30/17). El Ministerio de Relaciones Exteriores recuerda a las organizaciones de víctimas en el exterior que el 31 de marzo de 2017 termina el plazo legal de tres meses, para que realicen la inscripción en el proceso de elección y conformación de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas.

Este mecanismo permite que las organizaciones de víctimas hagan propuestas y seguimiento a los diferentes componentes de la política pública de atención a las mismas en los ámbitos municipal, departamental y nacional.

Para el proceso de elección de 2017, por primera vez dos representantes en el exterior, un hombre y una mujer, llegarán a la Mesa Nacional de Participación de Víctimas. A esta elección únicamente se pueden presentar quienes se encuentren delegados por una organización de víctimas conformada en el exterior.

Los consulados deben recibir las inscripciones de las organizaciones interesadas de acuerdo con el formulario de inscripción. Terminado el plazo, remiten los formularios diligenciados a la Defensoría del Pueblo, entidad que, como Secretaría Técnica de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas, recibe la documentación de los consulados, la verifica y publica un listado de organizaciones y candidatos habilitados para participar.

En mayo, la Defensoría del Pueblo determinará e informará los días de realización de la elección, que se realizará mediante un mecanismo virtual, a través del cual todos los representantes de las organizaciones inscritas podrán ejercer su derecho al voto.

Para los casos que así lo requieran, los consulados deberán proveer la asesoría y los medios tecnológicos para que las víctimas en el exterior, que por ejemplo no tengan computador ni acceso a Internet, puedan ejercer su derecho al voto electrónico en la fecha citada.

Una vez realizada la votación, la Defensoría determinará quiénes fueron los candidatos elegidos, un hombre y una mujer, y publicará los resultados de forma pública virtual, de modo que puedan ser consultados por los interesados. Posteriormente, para coordinar la participación de los elegidos en las sesiones de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas, la Unidad para las Víctimas entrará en contacto con los delegados.

La Cancillería, a través de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano, ha capacitado a los consulados de Colombia para que brinden orientación y hagan difusión de la información, generando espacios y canales de comunicación, que posibiliten a las organizaciones existentes y grupos interesados conocer el proceso de participación para las víctimas que se encuentran en el exterior.

¿Qué son las Mesas de Participación de las Víctimas?
Son los espacios de participación institucional de las víctimas y de interacción con el Estado, para la discusión de la política pública que les afecta. En ellos se puede dialogar, retroalimentar, concertar y hacer seguimiento a las políticas y acciones de implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, de normas y jurisprudencia concordante.

¿Qué es una Organización de Víctimas Connacionales?
Se entiende por Organización de Víctimas Connacionales conformada en el exterior a un grupo constituido por colombianos, que residan fuera del territorio nacional, en uno o más países, que individual o colectivamente hayan sufrido un daño en los términos establecidos en el artículo 3º de la Ley 1448 de 2011.

Las organizaciones pueden ser “de hecho”, por ejemplo: un grupo de vecinos colombianos que reside en un barrio en la ciudad X, del País Y, que son mayoritariamente víctimas y que ayudan a otras víctimas cuando llegan a ese país.

Para conformarse como Organización solo deben reunirse y realizar un acta en la que se dan un nombre, eligenun representante y escriben los propósitos que tienen en torno a las víctimas del conflicto colombiano.

Las Organizaciones de Víctimas Connacionales conformadas en el exterior deberán inscribirse ante el consulado colombiano de su domicilio principal durante los primeros 90 días del año. Postularán exclusivamente delegados de víctimas connacionales, en un máximo de dos delegados, de los cuales al menos uno será mujer. Los candidatos postulados deberán cumplir con los requisitos del artículo 16 del protocolo de participación, debiendo ser su domicilio un país diferente a Colombia.

¿Si usted es víctima, vive en el exterior y desea integrar la Mesa Nacional de Participación de Víctimas, qué requisitos debe cumplir?
a. Debe estar inscrito en el RUV. (Debe ser reconocido –incluido- como víctima en el Registro Único de Víctimas, independientemente del hecho victimizante o la fecha de declaración).
b. Debe haber sido postulado por una organización de víctimas de connacionales conformada en el exterior, en uno o más países.
c. Debe cumplir con la debida idoneidad para representar a los connacionales, es decir, estar fuera del país y pertenecer a una organización de víctimas en el exterior.
d. No debe tener antecedentes penales ni disciplinarios con excepción a los delitos políticos o culposos.

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